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RENTA DE EMANCIPACIÓN
Es una ayuda al alquiler que concede el gobierno a los jóvenes, consistente en el pago de 210 euros mensuales durante un máximo de cuatro años. También ofrecen un préstamo de hasta 600 euros sin intereses para el abono de la fianza, devolviéndose esta cantidad cuando se reintegre dicha fianza.
Para poder acceder a esta ayuda tienen que cumplirse los siguientes requisitos:
- Tener una edad comprendida entre los 22 y los 30 años (la ayuda termina al cumplir los 30).
- Ser titular de un contrato de arrendamiento de la vivienda en la que residan de manera habitual y permanente. La cuantía de la prestación se dividirá por el número de inquilinos titulares del contrato. Cada uno de los titulares puede solicitar la renta básica de emancipación.
- Tener unos ingresos regulares inferiores a 22.000 euros.
- Poseer la nacionalidad española o de alguno de los miembros de la Unión Europea. Para extranjeros no comunitarios se deberá estar en posesión de la autorización de residencia permanente en España.
Si no se cumpliera algunos de los requisitos se debería comunicar al órgano al que solicitó la ayuda.
AYUDA A LOS INQUILINOS
Ayuda gestionada por las comunidades autónomas para el alquiler de la vivienda habitual a los menores de 35 años, no siendo compatible con la Renta de Emancipación. La ayuda consiste en el abono de un 40% de la renta anual que no exceda de 2.880 euros durante un máximo de 24 meses, no pudiéndose obtenerse nuevamente hasta pasados 5 años.
Se tienen que cumplir los siguientes requisitos:
- Inquilinos no mayores de 35 años.
- Ingresos familiares anuales que no superen 2.5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (se suman los ingresos de todos los inquilinos sean familiares o no). Esta cantidad de 2.5 veces sería de 18.453 euros para el año 2009.
- El precio máximo del alquiler tiene que estar entre un 2% y un 9% del precio máximo para las viviendas protegidas para arrendamiento de renta básica.
- Superficie máxima computable para la vivienda de 90 m2 útiles.
- Presentación del contrato de arrendamiento para su visado.
DEDUCCIONES PARA EL ALQUILER
Todas las personas que vivan de alquiler y obtengan menos de 24.000 euros anuales, tendrán una desgravación del 10.05% del tramo estatal del IRPF igual que existe para la compra y con el mismo límite (9.015 euros)
Esta medida es compatible con la renta para el alquiler para jóvenes.
Si tenemos opción de acceder a las dos ayudas para jóvenes y tenemos menos de 26 años es mas rentable optar por la Renta de Emancipación pues aunque no llegaríamos nunca al máximo de los 2.880 euros anuales de la ayuda a los inquilinos (como máximo obtendríamos 2.520 euros anuales), ésta la tendríamos durante 4 años. Además la opción de combinarla con la deducción para el alquiler nos daría un ahorro adicional.
Para más información y detalles puedes consultar en las siguientes páginas web: EMANCIPACIÓN JOVEN y ALQUILER JOVEN
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